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Referente al hurto el día 16 de febrero en hora de la tarde desde comercio sito en calle Diego Lamas y Avda Blandengues, donde dos menores habrían hurtado varios objetos quitando los códigos y puestos en el interior de sus mochilas, los mismos estarían acompañados de su madre.

En el día de hoy culminada las actuaciones en sede Fiscal y Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, donde se condenó a la mujer L.I.C. como autora-responsable de un delito de Omisión inherente a la Patria Potestad o Guarda en concurrencia fuera e la reiteración con un Delito de Hurto en grado de tentativa a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, que se sustituye por LIBERTAD A PRUEBA (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en residencia domicilio.

Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA. Presentación en la Seccional policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia. Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud u idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.

Estas medidas serán de dos veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 días.


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