Comparte esta noticia

Desde Barrio La Esperanza, se alertó a la policía sobre un problema vecinal. Entrevistada una mujer mayor de edad, quien formula denuncia, manifestó que su vecino la insultó y le exhibió los genitales, aparentemente en estado de ebriedad. Consultado Fiscal de Turno dispuso: “detención del masculino”.

Culminadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno Salto, dispuso condenar a R.A.G.G., como autor responsable de un delito de violencia Privada a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, con descuento de la preventiva sufrida, que se sustituye por LIBERTAD A PRUEBA (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en:


a. Residencia en domicilio denunciado; b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA;
 c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin Permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 (treinta) días e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan intervención. f. prohibición de relacionamiento y comunicación con la víctima.


Comparte esta noticia
Acción no permitida! HostingServicios.com