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Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes
de Octavo Turno de Salto, condenó a N.A.R.S como autor penalmente responsable de un delito de
lesiones personales en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de rapiña especialmente
agravado y dos delitos de hurto, uno especialmente agravado, en régimen de reiteración real a la
pena de cuatro años y ocho meses de penitenciaria, con descuento del tiempo de privación de
libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de
conformidad artículo del con el 105 literal del Código Penal


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