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La Justicia Penal de nuestro departamento comenzó una investigación por presuntas irregularidades en la gestión del Intendente Andrés Lima. Caso por el cual ya asistieron al Juzgado representantes de la comuna.

El Tribunal de Cuentas confirmó observaciones en las licitaciones realizadas por la Intendencia de Salto. El procedimiento debió pasar por los organismos de Contralor, pero eso no ocurrió. Esto derivó en una investigación. El fraccionamiento de licitaciones es lo que la Justicia investiga.

Según se informó extraoficialmente a Tiempo de Noticias, también se investigará  si existe algún tipo de vínculo entre las empresas que ganaron las licitaciones y el sector político del Intendente Lima.

La diputada Cecilia Eguiluz fue quien denunció el hecho que posteriormente el Tribunal de Cuentas confirma. Ahora será la Justicia que investigue si hay irregularidades y si estas configuran un delito. Eguiluz ratificó la denuncia penal el pasado miércoles, día en el cual asistieron al Juzgado autoridades de la Intendencia por este caso.

Información

Por la presente me dirijo a uds. para poner en su conocimiento y someter a vuestra consideración, la información que obtuvimos a través de la Ley 18.381 y también varias incertidumbres sobre la legalidad de la actuación de la Intendencia de Salto, como así también nuestra preocupación por la evasión de controles fundamentalmente del TCR. Entendemos que la Junta como órgano de contralor de la Intendencia debe estar en conocimiento del manejo desprolijo de la comuna y de las presuntas irregularidades en las Licitaciones de la Intendencia de Salto ya que tiene la obligación de contralor.

Con fecha 3 de mayo de 2016, a través de la Ley de Información pública realizamos la solicitud de información sobre los procesos de compras que estaba llevando adelante la Intendencia de Salto. Específicamente consultamos sobre seis licitaciones que fueron realizadas en forma casi simultánea y sobre dos objetos, en los que ameritaba el proceso de Licitación Pública. La intendencia de Salto, en lo que entendemos como una clara violación a las normas y procedimientos, decide FRACCIONAR LICITACIONES cuyo monto y objeto ameritan llamados a Licitación Pública, de esta manera, la administración del Intendente Lima burló el control que legalmente debe ejercer el Tribunal de Cuentas de la República, entre otras cosas. Las licitaciones a las que hacemos referencia son: A) Licitación Abreviada 43913/2015 COMPRA DE ADITIVO ESTABILIZADOR DE SUELOS PARA EL TRAMO 50.6 DEL CAMINO A COLONIA RUBIO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO (COTIZAR SEGUN PLIEGO). Recepción de ofertas hasta: 16/12/2015 14:00hs. Publicado: 09/12/2015 17:10hs | Última Modificación: 10/12/2015 12:20hs Licitación Abreviada 43914/2015 COMPRA DE ADITIVO ESTABILIZADOR DE SUELOS PARA EL TRAMO 50.2, 50.4 Y 58.0 DEL CAMINO A COLONIA RUBIO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO (COTIZAR SEGUN PLIEGO). Recepción de ofertas hasta: 16/12/2015 15:00hs. Publicado: 09/12/2015 17:20hs | Última Modificación: 10/12/2015 12:25hs Licitación Abreviada 43915/2015 COMPRA DE ADITIVO ESTABILIZANTE DE SUELOS PARA EL TRAMO 50.5 DEL CAMINO A COLONIA RUBIO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO.- (COTIZAR SEGUN PLIEGO). Recepción de ofertas hasta: 17/12/2015 15:00hs. Publicado: 09/12/2015 17:30hs | Última Modificación: 10/12/2015 12:29hs B) Licitación Abreviada 45037/2015 EJECUCIÓN DE OBRAS DE CARPETA ASFÁLTICA TRAMO Nº 1 DE CAMINO A COLONIA GESTIDO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO (COTIZAR SEGÚN PLIEGO) Recepción de ofertas hasta: 23/12/2015 14:00hs Publicado: 16/12/2015 13:55hs | Última Modificación: 22/12/2015 17:02hs Licitación Abreviada 45041/2015 EJECUCIÓN DE OBRAS DE CARPETA ASFÁLTICA EN TRAMO Nº 2 DE CAMINO A COLONIA GESTIDO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO (COTIZAR SEGÚN PLIEGO) Recepción de ofertas hasta: 28/12/2015 14:00hs Publicado: 16/12/2015 14:45hs | Última Modificación: 22/12/2015 17:04hs Licitación Abreviada 45042/2015 EJECUCIÓN DE OBRAS DE CARPETA ASFÁLTICA EN TRAMO Nº3 DEL CAMINO A COLONIA GESTIDO DEL DEPARTAMENTO DE SALTO. (COTIZAR SEGUN PLIEGO DE CONDICIONES) Recepción de ofertas hasta: 28/12/2015 15:00hs Publicado: 16/12/2015 14:55hs | Última Modificación: 22/12/2015 17:05hs Como se aprecia a simple vista de la información que surge en compras estatales y en la cual basamos nuestro pedido de información; tanto la “compra de aditivo” (A), como la ejecución de carpeta asfáltica (B) se hacen en tres expedientes casi simultáneos (ver las fechas y los números de los mismos).

La respuesta que nos dan a través de la Resolución del Intendente, es insólita, porque se nos confirma que se fraccionó para evitar así los tiempos de la Licitación Pública. Esta respuesta de por sí, amerita el envío de todo el material a conocimiento y análisis de esa corporación. Pero a ésto debemos agregar que luego del análisis de los expedientes mencionados, surgen a nuestro juicio otra serie de presuntas irregularidades graves. A) Compra de aditivo. Colonia Rubio En el caso de la “Compra de aditivo”, el resultado es el otorgamiento por parte de la intendencia de tres licitaciones fraccionadas a la misma empresa, por el mismo material, para el mismo trabajo pero por un monto de casi 20 millones de pesos más caro que la oferta que la Intendencia abruptamente decide descartar. Estas tres licitaciones son denunciadas por la empresa que se vió perjudicada (quien cotizo tres veces menos que la que ganó) y la denuncia se basa en que el pliego de la Intendencia de Salto “copia” “calca” las especificaciones técnicas del producto que únicamente vende la empresa que salió beneficiada, lo cual deja afuera a cualquier competidor (art 49 del Tocaf).

Debemos también señalar que nos llama mucho la atención que ésta empresa ganadora es una “consultora” que se dedica entre otras cosas a hacer “auditorías” y otros servicios de esa índole, no siendo una empresa que gire en el rubro de obras, a lo que se le suma que aparentemente no tiene antecedentes en el país en la colocación de este producto que vende a Salto tres veces más caro que la otra empresa. Otro elemento alarmante es la ampliación del 100% que hace la intendencia de Salto sin argumentos e inmediatamente de realizada la adjudicación inicial incluso sin haberse firmado los contratos o iniciado las ejecuciones. Entendemos también, que deberían ser analizados con extremo cuidado las referencias hechas a la OPP por parte de la empresa beneficiada ya que en los tres expedientes clonados de estas licitaciones fraccionadas, la empresa ganadora aclara sobre el servicio que ofrecen: “…lo cual ha sido conversado con OPP quienes consideran fundamental esto como garantía para el éxito”.

Debe tenerse en cuenta que nunca hubo una urgencia que mínimamente pueda justificar el apartamiento de las normas al evadir la licitación pública ya que como verán del análisis de los expedientes y si verifican en las propias páginas de OPP, se realizó el cambio del proyecto original de unos 8 millones de pesos, a 104 millones de pesos entre dic 2015 (cuando comienzan con las licitaciones fraccionadas) y mayo de 2016. Adjuntamos tabla que publica OPP con la ampliación mencionada. B) Carpeta Asfáltica. Colonia Gestido En este segundo caso, se hacen tres licitaciones también fraccionando para evitar la Licitación Pública y se otorga la carpeta asfáltica para la misma obra por casi 10 millones de pesos por encima de lo presentado por la empresa que descarta la intendencia.

No hubo previsibilidad ya que los recursos del 2015 de PCR no fueron ejecutados. Pero fundamentalmente no hubo urgencia porque ni siquiera se había aprobado el proyecto en OPP y adjuntamos aquí el informe de mayo 2016 de OPP, donde cambian un proyecto de unos 30 millones (con riego asfáltico) a un proyecto de 113 millones con carpeta asfáltica para lo cual inician en dic de 2015 las licitaciones irregulares.

Entre otras cosas nos parece alarmante que en los expedientes mencionados NO se tuvo en cuenta la “ponderación” para adjudicar, la misma estaba estipulada en el pliego de condiciones redactado por la propia comuna. De acuerdo a lo que analizamos nunca hubiese ganado la empresa que ganó si se hubiese aplicado la ponderación tal cual la exige la Intendencia y todos sabemos que el pliego es “ley para las partes”. También es irregular que se haya adjudicado las licitaciones abreviadas por montos mayores a los de éste tipo de mecanismo en esa fecha.

La ampliación del 100% de las tres licitaciones sin argumento e incluso antes de haberse firmado el contrato con la empresa que decidieron adjudicar es exactamente igual que en caso de Colonia Rubio, totalmente improcedente. Sobre la ampliación del 100% de la carpeta asfáltica en un tramo de 9,6 km surgen muchas preguntas, entre ellas ¿donde se colocaron los 9,6 km que se ampliaron? ya que equivaldría a 96 cuadras en la ciudad. También nos preocupa que se agregó documentación exógena en los expedientes que luego es el fundamento para descartar a la empresa más barata, esto es inaudito en un expediente público. En conclusión, a través de estos procesos irregulares, se otorgaron contratos y negocios por un millón de dólares por encima de los otros precios presentados y a nuestro juicio descartados con alevosía.

A nuestro juicio se han violado varios principios entre ellos el de igualdad entre la partes, pero como no somos expertos en la materia, realizamos una consulta al catedrático Dr. Fulvio Gutiérrez, docente de la Universidad de la República, quien realiza un análisis jurídico administrativo de las seis licitaciones que mencionamos, adjuntamos esta consulta para conocimiento de la Junta Departamental de Salto.

Hemos decidido presentar todo la documentación a la Junta Departamental de Salto, órgano de contralor del Ejecutivo Departamental y que sabemos velará por el cumplimiento de las normas y evitará perjuicios mayores al pueblo de Salto. Sin otro particular y quedando a las órdenes,

lo saluda atte. Ma. Cecilia Eguiluz


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