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Finalizadas las actuaciones en Sede Judicial, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto dispuso condenar a:

-E.J.P.C., como autor penalmente responsable de un delito de estafa en grado de tentativa a sufrir la pena de tres (3) meses de prisión que se sustituyen por la obligación de presentarse una vez al mes ante la Seccional Policial con permanencia de dos (2) horas cada vez, concurriendo a Uruguay el 4 septiembre y el 4 octubre ambos del año en curso, mientras tanto el dinero que se le incautó permanecerá depositado en la cuenta a la orden de Juzgado con descuento el tiempo de detención cumplido y de Oficio los gastos procesales de conformidad al Artículo 11 C.P.P.


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