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 En el día de ayer próximo hora 09:30 personal Policial es derivado por Mesa Central de Operaciones a zona de la Plaza Flores por un desorden en vía pública. En el lugar se divisa a dos hombres en estado de ebriedad tomándose a golpes de puños, por lo que son detenidos y trasladados a Dependencia Policial para tramites pertinentes, así mismo en el trascurso uno de ellos produce daños en móvil Policial.

Finalizadas las actuaciones el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno dispuso: decretase la Suspensión Condicional del proceso por el termino de noventa días, homologandose el acuerdo formulado por las partes, obligando a E.P.B. (Formalizado por la comisión de un delito de desacato especialmente agravado en concurrencia formal), a las siguientes obligaciones: a). Fija domicilio ante la Sede y Fiscalía y b). Obligación de presentación ante la Seccional Policial de su domicilio una vez por semana sin obligación de permanencia, teniendo además la carga de comunicar al Fiscal cualquier inconveniente, causa de fuerza mayor o caso fortuito que dificulte o impida el cumplimiento del acuerdo.


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