El usuario deberá permanecer un mínimo de dos años en el mismo prestador luego de efectuado el cambio.
El Sistema Nacional Integrado de Salud tendrá, a partir del próximo 1° de marzo, un nuevo régimen para la incorporación de los ciudadanos a la cobertura de atención médica a través del Seguro Nacional de Salud.
Todas las personas beneficiarías del Seguro Nacional de Salud tienen derecho a la libre elección de un prestador integral de salud entre los que conforman el seguro.
El derecho de elección podrá ser ejercido d entro del plazo de 180 días contados: desde la incorporación del beneficiario al Seguro Nacional de Salud por primera vez; desde el cambio de categoría del beneficiario, entendiéndose por tal aquellas modificaciones en la situación jurídica que sustenta el amparo a dicho seguro; desde la reincorporación del beneficiario al Seguro Nacional de Salud luego de una interrupción mayor a 180 días.
Los beneficiarios incluidos en el padrón antes referido, podrán ejercer su derecho de cambiar de prestador integral entre los meses de marzo y diciembre de cada año con el dígito verificador de su cédula de identidad según el siguiente detalle:
Dígito 3 (ej: 1.234.567-3): marzo (a partir de este lunes)
Dígito 4: abril
Dígito 5: mayo
Dígito 6: junio
Dígito 7: julio
Dígito 8: agosto
Dígito 9: setiembre
Dígito 0: octubre
Dígito 1: noviembre
Dígito 2: diciembre
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